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¿Cuándo cómo y a quién aplican las retenciones profesionales?

Si realizas una actividad profesional te interesa conocer las retenciones que debes aplicar y en qué circunstancias.
retenciones profesionales

¿Realizas una actividad profesional? Estas son las retenciones que deberías aplicar 

Si estás a vueltas con la retención, este es tu artículo. Hoy hablamos del tipo de retención que deberías aplicarte si realizas una actividad profesional. Y, para que lo tengas claro, te adelantamos que tienen consideración de actividad profesional todas aquellas que se encuentren clasificadas en las Secciones 2ª y 3ª de las tarifas del IAE (Impuesto de Actividades Económicas). Además, para considerarse actividad profesional, deben llevarse a cabo por personas físicas que la realicen de manera directa. Ahora que lo sabes, te contamos cómo funcionan las retenciones.

No sé si mi trabajo se considera profesional o mercantil

Es normal tener dudas sobre tu tipo de actividad. Y es que algunas profesiones, por ejemplo, los comisionistas, pueden considerarse profesionales o mercantiles en función de algunas particularidades de su trabajo. Para distinguirlo correctamente ten en cuenta que mientras que para desarrollar una actividad profesional se necesita contar con una titulación que acredite el desarrollo de dicha actividad, la actividad mercantil suele tener una estructura de trabajo. Es decir, cuenta con un local, trabajadores, etc. 

¿Qué retenciones debo aplicar en la actividad profesional?

Por norma general, el tipo de retención profesional que debes aplicar es del 15%. Sin embargo, hay una excepción para los profesionales que inicien su actividad profesional. Si este es tu caso:

  • Podrás aplicar un 7% de retención profesional durante tres años (el año de inicio de actividad y los dos siguientes). 
  • Pasado este tiempo tendrás que aplicar el 15% de retención.
  • Para poder aplicar el 7% de retención profesional, no deberás haber realizado ninguna actividad profesional durante los doce meses anteriores, aunque si puedes haber realizado actividades empresariales. 
  • La principal ventaja de la aplicación del 7% de retención profesional es que dispondrás de una mayor liquidez. Sin embargo, recuerda que si finalmente obtienes más ingresos de los que prevenías en un principio, al aplicar un 7% y no un 15% es posible que la declaración de la renta te salga a pagar. 

Independientemente del tipo de retención que apliques, si realizas una actividad profesional, deberás emitir una factura con retención cuando sus clientes son otros empresarios y sin retención cuando son particulares. Además, debes tener en cuenta que si, como profesional, tu facturación con retención supera el 70% de todos tus ingresos, no tendrás la obligación de liquidar trimestralmente el pago fraccionado de IRPF (Modelo 130). La razón de ello es que este pago se hace para “adelantar” el pago anual del IRPF. La misma función que tiene aplicar la retención. Es por eso que, en esta situación, no es necesario realizarlo. 

El mundo de las retenciones puede ser complicado, sobre todo si acabas de darte de alta como profesional. Recuerda que tu asesor Enzimum podrá ayudarte a resolver todas las dudas que tengas sobre este y otros temas. 

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