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RENTING O LEASING ¿QUÉ OPCIÓN ELEGIR?

Tú empresa va creciendo, sientes la necesidad de modernizar tus equipos, instalaciones o vehículos para ganar en productividad. Para conseguir este incremento de la productividad se requiere una estrategia de compra adecuada y para ello existen diversos instrumentos financieros que permiten el crecimiento de tu negocio con distintas alternativas de financiación.  

¿QUÉ OPCIONES HAY EN EL MERCADO?  

Según datos de la Asociaciones de Fabricantes de automóviles y camiones(Anfac), el 80% de los compradores de vehículos tienen necesidades de financiación. El mercado en un claro intento de ofrecer mayores posibilidades de inversión y flexibilidad a las empresas ofrece varias formas de adquisición, siendo el leasing (contrato de arrendamiento financiero) y el renting (contrato de arrendamiento operativo, las favoritas entre las empresas).  

LEASING VS RENTING: SU FUNCIONAMIENTO 

El leasing es un contrato de arrendamiento financiero (alquiler con opción de compra): 

  • Que permite financiar hasta el 100% de la inversión IVA incluido, lo que evita el pago de IVA en el instante inicial ya que se paga a través de cuotas periódicas, con un efecto muy positivo en el “cashflow” de la empresa, es por esto que el leasing es una operación muy interesante para la adquisición de elementos de elevado importe y de una vida media productiva larga. 
  • A fin de contrato se puede ejecutar la opción de compra del mismo y adquirir el bien en propiedad por el valor residual del mismo. 
  • Fiscalmente es posible amortizar aceleradamente el bien reduciendo el coste fiscal del mismo. 
  • En cada cuota periódica se incluyen dos conceptos: la recuperación del coste del bien y los intereses, ambos fiscalmente deducibles. 
  • Los bienes adquiridos se contabilizan como un activo. 
  • La duración mínima del contrato es de 2 años para bienes de equipo, y 10 años, en el caso de bienes inmuebles. No existen plazos máximos, pero es habitual no superar los 5/7 años en bienes de equipo y los 15 en inmuebles. 
  • No se incluyen servicios adicionales como impuestos, mantenimiento o seguros, entre otros. 
  • No permite amortizaciones parciales no previstas. El cliente tiene dos opciones: cancelar anticipadamente la totalidad pendiente del contrato o seguir pagando normalmente hasta el final del contrato. 

El renting es un contrato de arrendamiento operativo: 

  • Es un contrato de arrendamiento a largo plazo que incluye la puesta disposición de un bien con determinadas características deseadas y ciertas condiciones de servicio o mantenimiento a una empresa que los disfruta hasta el fin de contrato. En definitiva, el renting es un contrato que nos permite disfrutar y utilizar un automóvil, el equipo informático o cualquier bien de equipo durante un periodo de tiempo concreto despreocupándonos de los gastos ordinarios o extraordinarios ya que están incluidos en las cuotas periódicas. 
  • Se contabiliza como gasto corriente, no como activo y en cada cuota va repercutido el iva correspondiente del servicio. 
  • En lo que respecta al renting la duración del contrato suele variar entre 1-5 años. 
  • Los activos puesto a disposición de nuestra empresa a través de renting no forman parte del activo, son gastos corrientes. 

EFECTOS SOBRE NUESTRA CONTABILIDAD Y VENTAJAS FISCALES 

Para la correcta contabilización del leasing, hay que considerarlo como arrendamiento financiero y no operativo, el bien forma parte de nuestro activo, por lo que se contabilizará en una cuenta del grupo 2, y al mismo tiempo reconocemos una deuda.  

¿Qué ocurrirá al final de año? 

Es una operación de financiación y como cualquier préstamo, existe una parte destinada a amortizar capital y otra a pagar intereses, el pago de intereses es un gasto financiero que se lleva al grupo 6  y la amortización de la deuda en este año se carga contra el grupo 5.

¿Qué ocurrirá con hacienda? 

En cuanto al efecto sobre el Impuesto sobre Sociedades, tanto las cuotas derivadas del leasing como del renting, son fiscalmente deducibles, siempre y cuando el bien de inversión que ha sido adquirido esté destinado 100% a la actividad económica de la empresa. A través de la operación de leasing se aceleran la deducción de las amortizaciones, la amortización acelerada hace que el coste efectivo financiero-fiscal del leasing se sitúe por debajo de las otras alternativas de financiación. 

Si somos una Entidad de Reducida Dimensión podemos beneficiarnos de amortizar más rápido aún el inmovilizado (utilizando un coeficiente de amortización acelerada del triple) de manera que podemos diferir aún más en el tiempo la tributación, adelantando la deducción de las amortizaciones tres veces el coeficiente lineal máximo definido por Hacienda.  

Sin embargo, desde el punto de vista del IVA, tanto en las operaciones de renting como de leasing, las cuotas soportadas son deducibles al ritmo que se devenguen dichas cuotas a lo largo de toda la vida de la operación. 

Dependiendo de las características del bien de inversión que se pretende adquirir, puede ser que sea más ventajoso el renting que el leasing o viceversa, en este caso, pueden influir, la vida media del elemento, la importancia en el proceso productivo del mismo o el grado de uso… entre otros. Si necesitas ayuda a la hora de decidir si renting o leasing lo más recomendable es contar con un experto.

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