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OCTUBRE YA ESTÁ AQUÍ…A LIQUIDAR EL TERCER TRIMESTRE

Loado seas, mi Señor, por nuestra hermana madre tierra, la cual nos sustenta y gobierna y produce diversos frutos, con coloridas flores y hiervas.

(El cántico de las criaturas – San Francisco de Asís)

Esperemos, que todavía estemos a tiempo de reconducir nuestra conducta con la naturaleza…. Más sencilla es nuestra relación con la AEAT, el otoño ya está aquí y con él las liquidaciones fiscales del tercer trimestre del 2019.

En plazo voluntario, las fechas para la presentación de las liquidaciones fiscales del tercer trimestre del 2.019 son las siguientes:


Retenciones

Modelo 111

Las retenciones practicadas durante julio, agosto y septiembre a trabajadores, profesionales.

Modelo 115

¿Tienes locales arrendados para desarrollar tu actividad empresarial o profesional? Este modelo lo tendrás que presentar para ingresarle a la AEAT las retenciones de los alquileres.

Modelo 123

¿Has repartido dividendos? Pues a través de este modelo debes ingresar las retenciones practicadas a los socios/accionistas.

IVA

Modelo 303

Es el modelo de liquidación del IVA por excelencia. En él se declara la diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado. El IVA repercutido es el que recaudas tú en nombre de Hacienda y el IVA soportado, el que adeudas a tus proveedores y acreedores. Hablamos de adeudar y no de pagar porque recuerda el criterio de devengo, no tienes porque haber pagado la factura para poder deducirla, al igual que debes declarar el repercutido aunque no lo hayas cobrado.

PAGO FRACCIONADO DE IRPF

Modelo 130

Es el modelo a través del cuál le ingresas a Hacienda el 20% de lo que has ganado durante los meses de julio, agosto y septiembre y solamente están obligados a presentarlo los empresarios a los que les hayan retenido menos del 70% de su facturación.

PAGO A CUENTA DE SOCIEDADES

Modelo 202

El pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades es un pago fraccionado que se divide en 3 cuotas obligatorias a lo largo del año.


Todas ellas hasta el domingo 20 de octubre. En esta ocasión al ser domingo, el plazo finaliza el lunes día 21. El  último día para domiciliar el pago es el miércoles 16 de octubre. Pasadas las fechas de domiciliación, las sociedades solo puede ingresar con NRC, para las personas físicas, pasado el plazo de domiciliación, no es obligatoria su presentación con NRC pudiéndose llevar el papel al banco. 

Las que menos entienden de fechas, son las NEO. Todas las semanas, incluso en época otoñal, hay que comprobar en la AEAT si existe alguna notificación, si aún no lo hace Enzimum por ti no lo dejes pasar. Y recuerda que los certificados electrónicos tienen fecha de caducidad.

Por último, la recomendación más importante: intenta hacer feliz en este otoño a tú familia, amigos, compañeros… aunque siga sin desgravar (quién sabe si algún día….) y no te olvides de subir recurrentemente las facturas a Enzimum, olvídate de perder el tiempo en otoño y deja que Enzimum se encargue de todo, fuera papeleo!

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