fbpx

Impuestos al vender una empresa

Si estás pensando en vender un negocio es importante que conozcas con qué impuestos debes cumplir para que puedas valorar lo que debes pagar a Hacienda. Aquí te lo contamos.

Impuestos al vender una empresa 

En el mundo de los negocios es muy habitual que, en un momento determinado, el titular de una empresa reciba una oferta interesante que no pueda rechazar o que, en un momento determinado, no desee continuar ejerciendo su actividad y decida venderla. Durante el traspaso de un negocio, que consiste en la cesión de todos los activos relacionados con la actividad económica, existen ciertas cuestiones como las que afectan al aspecto impositivo, que debes conocer y que te permitirán realizar un cálculo real de beneficios y costes de la operación. Y una parte fundamental son los impuestos de IRPF, IVA o el de Sociedades. 

Es crucial tener en cuenta todas las implicaciones fiscales para evitar sorpresas indeseadas. Dado que las normativas pueden ser complejas y varían según cada caso, lo más seguro es contar con un asesor de confianza especializado que te guíe durante todo el proceso. Desde Enzimum recomendamos Bcount, expertos en asesoría fiscal y empresarial, que te ofrecen un servicio personalizado para que optimices la venta de tu empresa.

Aún así siempre es fundamental, que si te estás planteando vender tu empresa conozcas que implicaciones fiscales tiene así que vamos para allá. 

En el caso de que el dueño de la empresa sea un particular, este tributa en la base imponible del ahorro del IRPF por la ganancia obtenida desde su constitución hasta el momento de venta, alrededor de un 20% de media en España. Eso sí, este dato puede variar ligeramente dependiendo de la Comunidad Autónoma. Por su parte, en lo que respecta a la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, la venta de un negocio en su totalidad (empleados, maquinaria, contratos de alquiler etc), está exenta de IVA.

¿Qué ocurre con las sociedades holding?

A diferencia del caso anterior, si el dueño de la empresa es una sociedad, existe una exención en el Impuesto sobre Sociedades y la ganancia obtenida por la venta de esa empresa no tributa. Eso sí, siempre que se cumplan los siguiente requisitos:

  • Que la sociedad holding sea dueña de la empresa que se vende al menos durante un año.
  • Y que al menos posea un 5 % del capital.

Y es que atendiendo a determinados beneficios fiscales, en ocasiones es más conveniente el holding como estructura empresarial.

En lo que respecta al Impuesto sobre el Patrimonio debes saber que esta tasa es competencia de las comunidades autónomas que han sido las que han establecido una serie de tramos, mínimos y exenciones de tributación propias. Por lo que, en el caso de que la venta haya resultado tan rentable que haya aumentado tu patrimonio de manera notable, es importante que tengas en cuenta qué mínimo de patrimonio exento se aplica en tu comunidad. Por ejemplo: Si vives en la Comunidad Valenciana, si el precio supera los 600.000 euros, tendrás que tributar en patrimonio todos los años. O en el caso de Aragón si superase los 400.000. En caso contrario, si tu residencia es Madrid, con un tipo impositivo del 0% no tendrás que tributar. Una bonificación que le ha valido el controvertido título a esta comunidad de paraíso fiscal. 

Eso sí, en lo que respecta a Patrimonio, estas particularidades te pueden afectar, tanto si la venta las has realizado personalmente como a través de la sociedad.  

Sociedades Holding, exenciones

Siguiendo con las sociedades holding hay que mencionar que existe un mecanismo para evitar el pago del Impuesto sobre Patrimonio. Para eso, es necesario reinvertir la liquidez obtenida tras la venta en un nuevo negocio que no sea la tenencia de inmuebles o de acciones. Si es la sociedad holding la que vende, será la encargada de reinvertir la liquidez en una nueva empresa ya que de otro modo, la parte proporcional del balance de la holding que corresponda al importe de la venta, tributará en patrimonio.

Tributación de los dividendos

Si finalmente se decide repartir la liquidez obtenida entre los socios, se puede llevar a cabo un reparto de dividendos. En este caso, los dueños tributarían por esa venta al tener que incluirlo en su base del ahorro del Impuesto sobre la Renta. Alrededor de un 20% de media en España. Y, como siempre, dependiendo de la Comunidad Autónoma de residencia, esta cifra puede variar ligeramente. 

Un asesoramiento rápido y eficaz a la hora la venta de un negocio, se vuelve vital. No dudes en contactar con tu asesor de confianza para informarte sobre las gestiones que debes realizar. Y si tienes cualquier duda estamos aquí para ayudarte. 

Tu privacidadad nos importa

cookie Utilizamos cookies propias y de terceros para analizar nuestros servicios y mostrarte publicidad relacionada con tus preferencias, en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas). Puedes aceptar su uso a través del botón «Aceptar y continuar navegando» o bien puedes rechazar las mismas.