El IVA superreducido
Cuando se hace mención al IVA, la ley distingue tres tipos diferentes: el general, el reducido y el superreducido e impone que se aplicará el tipo general siempre que no deban aplicarse los demás tipos reducidos. Así, cuanto más básica es la necesidad de un producto, menor es el IVA que se le aplica. El general es un tipo impositivo que grava por defecto tanto a los productos como a los servicios que se comercializan aplicando un 21% sobre su valor. El reducido o del 10% es aquel que se aplica a determinados alimentos que no tienen reconocido un porcentaje inferior y a aquellos productos y servicios relacionados por ejemplo, con determinadas obras en viviendas, productos farmacéuticos etc. Y por último, el IVA superreducido que aplica un gravamen del 4% a productos y servicios de primera necesidad.
¿Qué productos y servicios tienen el IVA superreducido?
El IVA es un impuesto indirecto que grava el consumo de cualquier producto o servicio. Es indirecto, ya que no se aplica directamente sobre la renta de los contribuyentes sino que se abona al adquirir un producto o servicio. En el caso del IVA superreducido se aplica a aquellos de primera necesidad para hacerlos más accesibles a los consumidores.
Siguiendo esta premisa la ley establece que este 4% grave los siguientes productos y servicios:
- Productos básicos o de primera necesidad:
- Pan y harinas panificables
- Quesos, huevos y leche
- También a las frutas, verduras y legumbres
Aunque hay excepciones y existen ciertos productos básicos a los que se les aplica el 10% tales como:
- Carne, pescado y conservas
Además de a estos productos del sector de la alimentación, el IVA superreducido se aplica a:
- Las viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública, cuando la entregue el promotor, incluyendo garajes y anexos situados en el mismo edificio y que se transmitan de manera conjunta.
- Libros, periódicos, revistas y material escolar (incluso en soporte electrónico o si incluyen algún elemento complementario que se entreguen conjuntamente a un precio único. Material escolar
- Medicamentos de uso humano
Cuando no aplica el IVA superreducido
Existen ciertos productos que pueden ir a distintos tipos en función del consumidor final o de su uso. Un ejemplo son las prótesis, ortesis e implantes a los que normalmente se le aplica el 10%. La excepción ocurre cuando los usuarios de las mismas son personas con discapacidad. En este caso, se aplica el tipo superreducido del 4%.
También existen otros ejemplos que afectan a vehículos de personas con discapacidad:
- Los vehículos para personas con movilidad reducida y las sillas de ruedas cuando van destinadas al uso exclusivo de personas con discapacidad. Para la aplicación del tipo reducido se requiere un grado de discapacidad superior o igual al 33% mediante certificación o resolución expedida.
- Los vehículos destinados a autotaxis o autoturismos especiales para el transporte de personas con discapacidad en silla de ruedas, tanto si han sido o no previamente adaptados.
- También los vehículos a motor que, previa adaptación o no, deban transportar habitualmente a personas con discapacidad en silla de ruedas o con movilidad reducida, con independencia de quien sea el conductor de los mismos.
¿Cómo me afecta la correcta aplicación de los diferentes tipos de IVA?
La aplicación de los correctos tipos de IVA es un asunto importante para cualquier empresario ya que se debe indicar de forma correcta en las declaraciones trimestrales. Y es que en el caso de que, por ejemplo, pagues menos IVA del que te tocara pagar, podrías enfrentarte a posibles sanciones. Contacta con tu asesor de Enzimum para que te informe sobre este u otros temas que afecten a tu fiscalidad. ¡Estamos aquí para lo que necesites!