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¿Deben los médicos generar facturas con IVA?

Si eres personal sanitario te interesa saber en qué casos debes facturar con IVA.
factura con IVA médico

Soy médico, ¿debo generar facturas con IVA?

¡Buena pregunta! El caso de la facturación de los médicos y sanitarios que ejercen su actividad por cuenta propia es algo especial ya que parte de ella, la relativa al diagnóstico, la prevención y el tratamiento de enfermedades, está exenta de IVA. Entonces, ¿las facturas de los médicos nunca llevan IVA? No es tan fácil. En realidad algunas de sus actividades sí deben ser facturadas con IVA. Si eres sanitario, ¡esto te interesa! 

Obligación de liquidar el IVA

La mayoría de médicos y sanitarios cuando se dan de alta en la actividad planean prestar los servicios que están exentos de IVA. Es por ello que lo habitual es que no se den de alta en la obligación de liquidar el IVA. 

Sin embargo, la carrera profesional de los sanitarios puede evolucionar, llevándoles a realizar trabajos fuera de la prestación de servicios exentos de IVA, como puede ser la publicación de un libro o la realización de charlas en el ámbito privado. Es entonces cuando la situación cambia. 

¿En qué casos un médico factura con IVA?

Existen diferentes situaciones en las que un médico o un sanitario realizará actividades que deberá facturar con IVA. Estas son algunas de ellas:

  • Todas las prestaciones de servicio que no se realicen con un fin diagnóstico, de prevención o como tratamiento de una enfermedad. Este sería, por ejemplo, el caso de los servicios de estética. 
  • Las charlas, conferencias y seminarios que se realicen fuera de los planes de estudio del sistema educativo público. 
  • La participación en ensayos clínicos que incluyan la participación de pacientes. En este caso, solo se consideran exentas de IVA las investigaciones o estudios sobre un fármaco o medicamento. 

¿Qué más debo tener en cuenta?

Una de las situaciones más habituales en los profesionales médicos es que realicen actividades no exentas de IVA de manera esporádica. Por ejemplo, los sanitarios que participan en un par de charlas al año. En este caso, el profesional debe darse de alta en la obligación de liquidar IVA previamente y emitir la factura con IVA e ingresar su importe en hacienda. Una vez emitida esta factura, si no va a realizar más servicios no exentos de IVA, puede volver a darse de baja de la obligación fiscal de liquidar el IVA. 

Sin embargo, al no estar acostumbrados, a algunos profesionales se les acaba pasando el plazo de liquidación. ¿Qué consecuencias puede tener esto?

  • Incremento del importe a ingresar. Presentar el IVA fuera de plazo conlleva un recargo que puede ir del 5% al 20%, dependiendo de si existe un requerimiento previo por parte de hacienda o no y del tiempo que haya pasado desde la finalización del plazo. 
  • Existe la posibilidad de recibir una sanción

Como ves, es muy importante que, como sanitario o profesional médico, tengas en cuenta que algunas de tus actividades deberán ser facturadas con IVA. Si sigues teniendo dudas sobre si deberías añadir o no el IVA a tu próxima factura, consulta directamente con tu asesor Enzimum. ¡Tiene todas las respuestas!

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